Servicio Doméstico, proponen cambios

09/03/2010
El Gobierno propone ampliar los derechos laborales del personal doméstico.
La indemnización por despido se elevará al doble. La licencia por maternidad pasará a ser de tres meses con goce de sueldo. El Gobierno tiene como intención ampliar los derechos de aquellas personas que trabajan como personal doméstico elevando al doble la indemnización por despido. Además, la medida incluirá aumentar a tres meses la licencia por maternidad percibiendo el sueldo así como también un descanso semanal garantizado de 35 horas entre el sábado y el lunes.

En tanto, aquellos que sean los empleadores seguirán pagando las mismas contribuciones con dos diferencias en lo que es el sistema de esas cargas sociales. El primero consiste en que la obligación de aportar regirá sin límites de horas trabajadas, mientras que el segundo cambio hace referencia al cambio de la figura de “dador de trabajo” a “empleador”.

Este proyecto será enviado hoy al Congreso y según calculan en el Gobierno solamente un diez por ciento del personal doméstico está registrado y realiza aportes. Además, la iniciativa permite el trabajo de las menores entre 16 y 18 años si se garantiza la finalización del colegio secundario.

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Pago por despido
Tras el anuncio en la Casa de Gobierno, el ministro de Trabajo, Carlos Tomada, explicó que uno de los cambios incluidos en el proyecto -denominado de “contrato de trabajo para el personal de casas particulares” es el derecho a una indemnización por despido equivalente al sueldo de un mes por año trabajado o fracción mayor a tres meses, calculado sobre la base del mejor ingreso de los 12 meses previos. El régimen actual contempla una prestación inferior a la mitad de la nueva suma, ya que se considera medio mes de sueldo, y se toma en cuenta el promedio del ingreso cobrado en el último año.  

A partir del nuevo régimen, se fijará la duplicación de la indemnización si se prueba una relación laboral no registrada. Esta sanción no regirá durante un período de 180 días corridos a partir de la vigencia de la ley, como una forma de incentivar el blanqueo, según dijo el subsecretario de Relaciones Laborales, Alvaro Ruiz.

Por otra parte, comenzará a regir el sistema de asignaciones familiares, pero en una primera etapa sólo por lo que corresponde al pago del sueldo -a cargo del Estado- durante la licencia de tres meses por maternidad. La instrumentación del pago por hijo quedará para una segunda etapa. De todas formas, y si bien en principio el plan las había excluido, el Gobierno anunció que el personal doméstico tiene derecho a percibir la asignación social de $ 180 por hijo, que rige para los trabajadores en negro con ingresos de hasta $ 1500.

La iniciativa modifica los períodos de descanso. Así, deberá respetarse el tiempo libre de 8 horas nocturnas y los momentos de la comida.

Según Tomada, la ley dejará sujeta a una reglamentación posterior la inclusión del personal en el régimen de accidentes laborales. Eso implicaría la obligación de contratar a una aseguradora de riesgos del trabajo (ART). “La situación actual de menores derechos no tiene explicación alguna, estamos haciendo un acto de reparación para un sector que quedó excluido durante 60 años”, afirmó.

La Presidente dijo que se usó en el proyecto la expresión personal “de casas” y no doméstico, “porque de domesticar se habla para los animales y en el siglo XXI es una afrenta para la condición humana”. Sin embargo, la palabra doméstico -de la que se deriva el verbo domesticar y no al revés- proviene del latín “domus”, que significa nada más y nada menos que “casa”. La Real Academia Española la define como “lo perteneciente o relativo a la casa u hogar”.

CLAVES

Aportes y contribuciones. No se prevén cambios respecto del régimen actual, salvo la obligación, hasta ahora no vigente, de registrar al personal que trabaja menos de 6 horas semanales.

Montos. El aporte mensual a la seguridad social es de $ 20 si la jornada semanal es de hasta 12 horas; de $ 39, si se trabaja de 12 a 16 horas, y de $ 81,75, por más cantidad de tiempo trabajado.

Indemnización. El despido supondrá la obligación del empleador de pagar una prestación equivalente al sueldo de un mes por cada año trabajado o fracción mayor de tres meses. El monto se duplica si existió una relación laboral no registrada.

Licencia. En el caso de maternidad, el personal gozará de un período de tres meses, durante los cuales el Estado se hará cargo del salario.

Menores. Se permitirá el trabajo de menores de 16 a 18 años, pero si se garantiza que se cumple con el ciclo secundario obligatorio.

Riesgos del trabajo. El proyecto de ley prevé dejar sujeto a una reglamentación un régimen de cobertura de accidentes para el personal doméstico.

Fuente: Periodismo.com- La Nación